Volver

Sin observación

EJE-01. Valor pagado mayor que el valor del contrato

Ejecución0 casosCuantía observada —

Condición
La consulta de contratos firmados desde el 10 de agosto de 2026, en los 16 departamentos, no devolvió casos con valor pagado superior al valor del contrato.
Criterio
No se paga por encima del valor contractual vigente. Si hubo adición, ese valor tiene que estar incorporado al contrato que se está pagando, y la adición no puede pasar del 50 % del valor inicial.
Norma
Ley 80 de 1993, artículo 40, límite de adición. Deber de registro fiel del pago.
Causa
No aplica: la condición no apareció en la muestra.
Efecto
No hay diferencia que cuantificar en este corte.
Técnica
Recálculo. Volver a hacer la cuenta: pagado contra valor del contrato, saldo del anticipo contra el anticipo girado.
Conclusión
Prueba aplicada, sin observaciones. El conteo masivo de esta comparación agotó el tiempo; la lectura directa de los casos devolvió cero filas.
Límite
El valor pagado de SECOP lo carga la entidad. Se confirma contra el pago real en SIIF o en tesorería.

Evidencia de muestra

Esta prueba no dejó expedientes de muestra.